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Tips al momento de comprar  Fuente: https://www.conletragrande.cl/educacion-financiera/gastos-asociados-a-tu-primera-vivienda Comprar un inmueble por medios propios o mediante el financiamiento de un crédito hipotecario implica una serie de gastos operacionales adicionales. Estos corresponden a ”todas aquellas obligaciones de dinero, derivados de la contratación de un Crédito Hipotecario y devengados a favor del Proveedor, que no corresponden a tasa de interés ni a capital y que deben ser pagados por un consumidor”, según explica el servicio nacional de defensa del consumidor Sernac.   Pero, ¿tienes claro cuáles son estos gastos? Costos al comprar al contado y con un crédito hipotecario Primero es importante tener claro que al solicitar una hipoteca, la mayoría de los bancos no otorga más del 80% del total, por lo que es fundamental tener un colchón equivalente al 20% o un poco más que funcione como pie para la compra de la vivienda. Ahora, dependiendo si com
BASES PARA LA CAMPAÑA   Recomiéndanos y Gana 1º ORGANIZADOR DE LA CAMPAÑA: Las presentes bases corresponden a la campaña; “Recomiéndanos y Gana” llevada a cabo por Vivirpropiedades. Los presentes términos y condiciones se encuentran a disposición de los usuarios a través de la página web www.vivirpropiedades.cl en el link blog http://vivirpropiedadeschile.blogspot.com   2º ÁMBITO TEMPORAL Y TERRITORIAL DE LA CAMPAÑA : La participación en la campaña “Recomiéndanos y Gana” será válida desde el día 11 de Agosto de 2018 hasta el 12 de Septiembre de 2018,   o hasta agotar un volumen total de 30 recomendaciones o transcurra su plazo de vigencia, lo que ocurra primero. Será válida para acuerdo de venta o arriendo de propiedades en Santiago tales como; Macul, San Miguel, Peñalolen, La Florida, San Joaquín, Ñuñoa, La Reina,   Santiago Centro, Maipu. 3º LEGITIMACIÓN PARA LA PARTICIPACIÓN : Podrán participar en la campaña “Recomiéndanos y Gana” aquellas personas físicas mayores de 1

Conservador de Bienes Raíces

En nuestro sistema jurídico cada vez que se lleva a cabo la compraventa de un bien raíz, se suscribe por medio de escritura pública ante Notario, esto implica que en el acto se constituye título traslaticio, ya que la transferencia de dominio o cambio de dueño se produce con posterioridad a la compraventa y sólo una vez que se ha inscrito en el Registro de Propiedad del correspondiente Conservador de Bienes Raíces el respectivo bien raíz a nombre del comprador.  ¿Qué función cumple el Conservador? El Conservador de Bienes Raíces tiene por función inscribir en sus registros todos los títulos relativos a bienes raíces que se le presenten. Por ejemplo compraventas, hipotecas, prohibiciones voluntarias, servidumbres, interdicciones etc.  De igual manera, el Conservador debe llevar un registro de los bienes raíces, en cuanto a su propiedad, a las hipotecas y gravámenes que les afectan y a las prohibiciones e interdicciones que les competen. Cabe señalar que existe un Conservador por cada ag

Quiero vender mi propiedad...A qué precio????

Si deseas vender tu propiedad debes partir por lo primero...el precio!!!! Nuestro hogar, patrimonio o inversión, siempre tiene un valor emocional, pero esto no siempre tiene por qué ser valorado por terceros. Quiero vender pero no estoy seguro... ¿cuanto vale mi propiedad?, he ahí el dilema. No te preocupes tienes una excelente alternativa: TASA TU PROPIEDAD... sí, no le temas a que un experto te oriente en el valor de mercado de tu propiedad. Además te dará una una excelente herramienta de negociación. Seguramente alguna vez has estado vendiendo tu propiedad y quienes la vistan (futuros compradores) te preguntan y tienes tasación????y obvio qué respondes: es que es más menos en el valor de lo que se venden otras propiedades en el sector... y tal vez estás en lo correcto, pero no todas las propiedades tienen igual nivel de construcción, de depreciación, mejoras, no es lo mismo casa esquina que casa a mitad de cuadra, ni tampoco casa de uso potencial para comercio que casa sólo

Deseo vender mi propiedad y tiene deuda, puedo?

Suele ocurrir que cuando pasa el tiempo deseamos vender nuestra propiedad, pero aún está con deuda bancaria, entonces nos surge la duda: ¿podemos venderla?... Claro que sí!!!, sólo hay que tener presente que el valor de la nueva compraventa debe ser superior al hipotecario que de se debe pagar ( lo que se debe al banco). Para conocer lo anterior te recomendamos solicitar al banco el saldo capital adeudado y además no olvidar el costo de pre-pago (generalmente aparece en escritura), pero es prudente corroborarlo con la entidad financiera con la cual tienes el hipotecario vigente. Cualquier diferencia que se dé en términos de valor entre el precio de la nueva compraventa y el valor de lo que tú debía a la institución financiera te será entregado una vez que se haya inscrito  el nuevo dominio en el Conservador de Bienes Raíces, libre de hipotecas, gravámenes y prohibiciones. Al firmar la nueva compraventa (de tu propiedad) no olvides que debes consultar con tu banco o entidad fin

Nueva ley Levantamiento de Hipoteca

La mayoría de nosotros hemos comprado alguna vez con hipotecario y luego de pagado todos los dividendos no debemos olvidar alzar la hipoteca, es decir ahora la propiedad no tiene hipoteca y eso debe ser regularizado. ¿Qué debes hacer para alzar la hipoteca? Para el alzamiento de hipoteca, en primer lugar, es necesario que hayas pagado la totalidad del crédito hipotecario. Anteriormente debías dirigirte a la entidad financiera con la cual tenías el crédito y hacer todos los trámites para el levantamiento de la hipoteca. Pero  a partir del 23 de enero de 2016, con la entrada en vigencia de la  Ley N° 20.855 , el banco tendrá que hacerse cargo de todos los trámites  necesarios para el alzamiento de hipoteca. De esta manera, luego de pagar la última cuota de tu crédito, el banco tiene un plazo de 30 días para informarte sobre las gestiones realizadas para el alzamiento de la hipoteca. ¿Qué gastos debo tener en cuenta para el levantamiento de hipoteca? La buena noti

Antecedentes importantes a considerar al comprar propiedad

Antecedentes a solicitar para comprar propiedad: ·          Certificado de dominio con vigencia, se solicita en Conservador de Bienes Raíces. ·          Certificado de hipotecas y gravámenes, y de interdicciones y prohibiciones de enajenar, vigente, Conservador de Bienes Raíces. ·          Título de inscripción de dominio del inmueble a diez años, entregado por el Conservador de Bienes Raíces. ·          Copia de la escritura pública de compraventa o de otro título, por ejemplo, cesión, adjudicación, que acredite la adquisición del inmueble a favor de su actual propietario. ·          Certificado de no expropiación o de utilidad pública, se solicita en la Municipalidad a a la que pertenece la propiedad a comprar. ·          Certificado de no expropiación se solicita en el Servicio de Vivienda y Urbanismo. ·          Certificado de deuda por contribuciones otorgado por Tesorería General de la República y pago de última cuota. ·          Certificado de Línea e Informes P